miércoles, 19 de noviembre de 2008

Opina el INTI, Instituto Nacional de Tecnología Industrial

LEY DE PROTECCIÓN DE GLACIARES

Buenos Aires, 18 de Noviembre de 2008
 
 
Señor
Diputado Nacional
Miguel Bonasso
Presidente de la Comisión de Recursos Naturales
Honorable Cámara de Diputados de la Nación
 
 
De nuestra consideración:

En  conocimiento público de la reciente aprobación por ambas cámaras del  parlamento nacional de la Ley de Protección de Glaciares y áreas  periglaciares,  la cual fuera recurrida por el P.E.N. y cuyo nuevo  tratamiento se inicia hoy en la Comisión que Ud. preside, deseamos hacerle  llegar,  desde el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) las  siguientes reflexiones:
 
 
1.  El INTI considera que el primer bien natural a proteger,  porque es  la fuente insustituible de la vida, sostenedora de la sociedad humana y de  todas las actividades productivas,  es el agua. Proteger las fuentes de agua,  los reservorios y napas subterráneas, y los cursos superficiales de agua,  constituye una obligación indelegable del Estado Nacional, así como de los Provinciales y Municipales, amén de un compromiso ciudadano de todos los  habitantes del territorio. Este principio debe estar antes y por encima de cualquier otra consideración: el agua vale más que cualquier otro bien tangible o intangible, porque es un bien fuente de todos los demás bienes.
 
 
2. Los glaciares y áreas periglaciares han sido nombradas, con justicia  y rigor, como "fábricas de agua". En particular, en el territorio argentino, los glaciares y áreas periglaciares son la fuente de los reservorios y cursos subterráneos y superficiales de agua que derraman desde las cordilleras y precordilleras occidentales, hacia los valles y llanuras que desaguan hacia el este en la costa atlántica. Por lo tanto, su riguroso inventario, monitoreo y preservación es parte de la obligación indelegable del Estado de protección del agua.
 
3. El INTI, como Servicio Público de Tecnología Industrial, al Servicio del desarrollo productivo e integral de las comunidades, e instrumento del rol cautelar del Estado, reitera su entera disposición a contribuir a los propósitos y principios arriba enunciados, en apoyo del Instituto de Niveología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA),  dependiente del CONICET, que la misma ley en tratamiento señala como cabeza y brazo científico-técnico de aplicación de la misma.
 
 
4. Felicitando, a través suyo, a todo el cuerpo legislativo nacional por la ejemplaridad de la ley aprobada, hacemos votos para que esa voluntad unánime vuelva a expresarse sin menguas, en espíritu de colaboración y refuerzo del poder ejecutivo, sin dudas asediado por intereses subalternos que debemos contribuir a superar.
 
 
Fraternales saludos,

 

          Ing. Enrique M. Martínez
               Presidente del INTI
 Instituto Nacional de Tecnología Industrial

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