Al Sr. Director del Diario
EL INDEPENDIENTE
de la ciudad de La Rioja
Don Jorge Antonio Villega
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Adjunto y transcribo al pié el texto con solicitud de difusión en el diario que Ud. dirige.
Lo saludo cordialmente agradeciendo su atención.
Jesús Matías Filomeno Ocampo
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La lucha recién empieza
El 8 de Diciembre de 1991 la prensa riojana informa que se llama a licitación pública nacional e internacional para la explotación de un área de 52 km cuadrados cuyos derechos mineros pertenecen a YAMIRI SEM constituida con participación mayoritaria del estado provincial. El anuncio lo hace el Ministro de Hacienda a cargo Ángel Eduardo Maza estando presentes los gobernadores en ejercicio y electo, Luis Beder Herrera y Bernabé Arnaudo, respectivamente. En 1995, Luis Beder Herrera, entonces Vice Gobernador de La Rioja y Mario Guzmán Soria, entonces Secretario Legislativo, firman la Ley 6120 que en su Art. 21 autoriza a transferir y/o disolver y/o liquidar las Sociedades de Economía Mixta creadas por Ley 4846, YAMIRI SEM (entre otras) y deroga la Ley 4846 (entre otras). Así YAMIRI SEM comienza su proceso de transformación hacia una Sociedad Anónima y, sin ninguna referencia en el Boletín Oficial, reaparece en 1997 convertida en YAMIRI S. A. que robó todos los derechos mineros al pueblo de la provincia. El 4/10/06, los diputados provinciales Casas, Orquera, Brizuela, Díaz y Basso, integrantes de la Comisión de Recursos Naturales, Medio Ambiente y Turismo de la Honorable Legislatura de la Rioja, se dirigen por nota al Geólogo Jorge D. Lorefice, representante de la Provincia en el Directorio de YAMIRI S.A., "a los efectos de requerirle remito a esta Cámara de Diputados (Comisión Supra mencionada) copia del contrato que vincula a esa firma con Barrick Gold S.A. para la ejecución de trabajos de exploración en territorio provincial por parte de la misma". Dos días después, Lorefice responde a los seis diputados por nota "para adjuntar copia del Contrato de Exploración, celebrado por YAMIRI S.A. con la firma Barrick Exploraciones Argentina S.A., con fecha 28/04/04". Y adjunta el Contrato integrado por 26 fojas. El 8/03/07 Beder Herrera, para propiciar el derrocamiento del entonces gobernador Maza, hizo sancionar por la Legislatura de La Rioja, las Leyes 8137, 8138 y 8139 que prohíben la minería a cielo abierto y la investigación sobre YAMIRI SA y lo que ésta nos robó. Esta apretada síntesis muestra las cualidades de Sr. Gobernador de La Rioja, Luis Beder Herrera y del Sr. Diputado por Chepes Mario Guzmán Soria.
Es evidente que a ambos alguien los ha dado vuelta como una tortilla a las brasas ya que hoy sostienen "este Gobierno y quien les habla tiene interés en promocionar la minería porque entiende que si no hay inversiones mineras en la Provincia vamos a postergar el desarrollo de esta Provincia por generaciones". Craso error.¿Qué pensaban el 8/03/07? Como zorros que pierden el pelo pero no las mañas, lograron el 7/08/08 que la Cámara de Diputados apruebe la modificación a la ley de Medio Ambiente Nº 7.801. El articulado de esta norma dispone la derogación de todas las leyes anteriores que se contrapongan a ésta, con lo cual automáticamente se caen las 8.137 y 8.138, que ellos mismos aprobaron el 8/03/07. La primera es la que prohibía en todo el territorio de la Provincia la explotación minera a cielo abierto, con métodos de lixiviación con cianuro, mercurio o cualquier otra sustancia contaminante. La segunda disponía el llamado obligatorio a consulta popular (vinculante) en Chilecito y Famatina, para que el pueblo se expida sobre esa norma, pero por decisión política dicha consulta nunca se realizó. Por "decisión política", sin escuchar al pueblo que los votó, Beder Herrera, Guzmán Soria y los legisladores que los apoyaron, están propiciando nuestra muerte y matando el futuro de nuestros hijos. No se lo permitiremos. La lucha recién empieza. El Famatina no se toca.
Dice el Artículo 29 de la Constitución Nacional: "El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria".
Con esta derogación "la vida, el honor y las fortunas de los riojanos quedan a merced de Luis Beder Herrera, Mario Guzmán Soria y demás legisladores riojanos". Por ello son merecedores de la "responsabilidad y pena de infames traidores a la patria". Con las honrosas y destacables excepciones del Diputado por Chilecito Enrique Molina y del Diputado por la ciudad capital de La Rioja Jorge Basso, a quienes agradezco, desde los valores más significativos de nuestra historia, rica en aportes a la grandeza de nuestra Patria, profundamente, su firme oposición a esta derogación.
Jesús Matías Filomeno Ocampo
DNI 4640262
50 Nº 2992 (1900) La Plata. Buenos Aires
Móvil:
Correo electrónico: jmfocampo@ciudad.com.ar
La Plata, 12 de Agosto de 2008
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