VAPUMAS recibió con mucho agrado, el siguiente comunicado del Concejo Directivo de
A continuación se detalle el texto completo de
RESOLUCION:
VISTO:
* La sanción de la ley Nº 26.418, conocida como "Ley de presupuestos mínimos para la protección de los glaciares y del ambiente periglacial", que obtuviera media sanción en el Senado el 22 de octubre pasado, con solo tres disidencias parciales, y que fuera aprobada previamente en
Nación
CONSIDERANDO
* Que dicha Ley creaba un Inventario Nacional de Glaciares, reconociendo su importancia como reservas hídricas; establecía mecanismos para su adecuada protección, control y monitoreo; prohibía actividades como la liberación de sustancias contaminantes, la exploración y explotación minera o petrolífera, las obras de arquitectura e infraestructura; la instalación de industrias; requiriendo para el resto de las actividades un procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental para su autorización en la zona glacial y periglacial.
* Que la problemática del agua es de gran interés para
* Que el agua dulce es un recurso estratégico y que la protección y salvaguarda de aquella que se encuentra congelada en los glaciares de latitudes medias es una obligación indelegable del Estado Nacional.
* Que el proyecto de ley Nº 26.418 fue elaborado en forma participativa por organismos nacionales de Ciencia y Tecnología, entre los que se destaca el IANIGLA (Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales - CONICET), mediante consultas con diversas organizaciones sociales.
* Que ese alto grado de consenso alcanzado por el proyecto de Ley de Glaciares se manifestó en el debate en el ámbito del Poder Legislativo, logrando un apoyo unánime en
* Que desde el punto de vista estrictamente técnico, como lo ha manifestado recientemente el INTI entre otras instituciones, no existen antecedentes mundiales de operaciones mineras, petrolíferas, industriales o arquitectónicas de gran dimensión, en o sobre formaciones glaciarias o periglaciarias que hayan resultado de nulo o mínimo impacto sobre las mismas.
* Que en consecuencia, los argumentos para el rechazo de la ley según se desprende del texto del Poder Ejecutivo Nacional, promovidos por
* Que existen notorios proyectos mineros en la zona de glaciares como el binacional Pascua-Lama, encabezado por la empresa canadiense Barrick Gold, y que en estas circunstancias resulta preocupante la existencia de presiones de grupos de interés sobre los legisladores nacionales.
* Que la conservación de los recursos naturales de la nación y del pueblo argentino (herencia innegable para las generaciones venideras) y la preservación de la salud de la población de las zonas linderas que dependen de los recursos hídricos que proveen los glaciares deben anteponerse a los intereses económicos.
EL CONSEJO DIRECTIVO DE
Art. Nº1: Expresar nuestro repudio al veto presidencial realizado por Decreto Nº 1837/08, y exhortar a los legisladores nacionales a que ratifiquen la ley Nº
Art. N°2: Poner a disposición la capacidad científico-técnica existente en esta Facultad, en apoyo del IANIGLA y sumándose a otras instituciones como el INTI, de manera garantizar a la sociedad y el estado argentino la plena disponibilidad de los mayores reservorios de agua dulce que constituyen los
glaciares y periglaciares, para uso de las actuales y futuras generaciones.
Art.Nº3: Regístrese, dese la más amplia difusión a la presente resolución tanto dentro como fuera del ámbito de
archívese.
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