miércoles, 4 de febrero de 2009

Ni criolos y aborígenes tienen aún lugar en las audiencias de desmonetes

Un nuevo borrador de la reglamentación de la Ley de Bosques Nativos podría dejar la situación de comunidades criollas e indígenas en el mismo lugar en el que estaban antes de que la normativa se apruebe: totalmente desprotegidos ante las audiencias para aprobar pedidos de desmontes. 
Así lo dieron a entender los miembros de unas 40 asociaciones no gubernamentales en una carta que enviaron al secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, Homero Bibiloni, y al presidente de Consejo Federal del Medio Ambiente (COFEMA) y ministro de Ambiente de Salta, Julio Nasser, reclamando una urgente reglamentación de la normativa. 

Las denuncias surgen del nuevo borrador de la reglamentación presentado el 23 de enero pasado en el cual, según indicaron quienes enviaron la misiva, se elimina la reglamentación del artículo 6 de la ley, de cómo debe hacerse el proceso participativo y considerarse la consulta a comunidades indígenas, así como a la necesidad de realizar un relevamiento de las zonas tradicionalmente habitadas ya sea por pueblos originarios o campesinos.

Este agregado, que para las organizaciones debe garantizar "un verdadero proceso participativo, que de legitimidad a la zonificación resultante y mitigue los daños de la deforestación en comunidades indígenas y criollas", se encontraba inserto en el borrador que consultado a distintas organizaciones y que estaba listo para ser aprobado desde julio del año pasado.

Las demoras se perpetuaron en el Área de Coordinación de Presupuesto Nacional del Ministerio de Economía, y luego, sin consultas, surgió el nuevo borrador en la era Bibiloni.

Sin definiciones ni controles

En la carta, los ambientalistas agregaron que en la nueva reglamentación "no se definen actividades permitidas y no permitidas en cada una de las categorías de los montes nativos". Un punto que ven como peligroso es que en el nuevo borrador se apunta a permitir "actividades de recolección comercial en la Categoría Roja", que se supone, es de conservación total.

Se eliminó del anterior borrador de la reglamentación el artículo 11, que creaba una Comisión Asesora Permanente que debería haber estado conformada por un Consejo de Participación Social (ong`s), uno Interorganismo (organismos nacionales con incumbencia en bosques nativos), y un Consejo Federal (autoridades locales de aplicación).

Con la nueva reglamentación, se deja la entidad solo a cargo del COFEMA y la "Autoridad Nacional de Aplicación" del programa de bosques, lo cual se entiende, impide un control de la sociedad. Por otra parte, al delegar solo en la Nación la instrumentación y reglamentación del Fondo Nacional para la Conservación de Bosques Nativos se indicó que "no queda claramente establecido el control a este fondo", ni tampoco en cómo se distribuirán los incentivos, para favorecer a las provincias que en su ordenamiento territorial establezcan la protección de una mayor cantidad de bosques.

Otro de los cuestionamientos giró alrededor de las sanciones, pues en la reglamentación del artículo 29 que se presenta en el borrador se indica que "se podrá sustituir la aplicación de sanciones por la realización de acciones de recomposición o compensación ambiental debidamente garantizadas". 

Fuente: Nuevo Diario de Salta - 04-02-09

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