La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó ayer al gobierno de Salta que cesen todos los desmontes y la tala en los departamentos San Martín, Orán, Rivadavia y Santa Victoria hasta tanto se realice un estudio de impacto ambiental sobre el efecto acumulativo de estas deforestaciones, que comprenden casi un millón de hectáreas.
Este estudio, a cargo de la provincia y la Nación, debe ser llevado a cabo en 90 días y “deberá dar amplia participación a las comunidades que habitan en la zona afectada”. Y comprenderá un “análisis del impacto ambiental acumulativo de la tala y desmonte (...) sobre el clima, el paisaje, y el ambiente en general, así como en las condiciones de vida de los habitantes” y “deberá proponer (...) una solución que armonice la protección de los bienes ambientales con el desarrollo en función de los costos y beneficios involucrados”, y valorar los beneficios para las partes involucradas y para las generaciones futuras.
El máximo tribunal del país hizo lugar a un pedido de ampliación de la medida cautelar hecho por las comunidades aborígenes y campesinos criollos que en diciembre pasado iniciaron una demanda, la causa “Dino Salas y otros contra Salta, provincia de y Estado nacional, sobre amparo”, en la que solicitan la declaración de inconstitucionalidad y nulidad de las autorizaciones de desmonte. Ya el 29 de diciembre la Corte había ordenado la suspensión de la tala y los desmontes autorizados en el último trimestre de 2007.
Ayer, en la reunión de acuerdo de los jueves, los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni decidieron ampliar la suspensión a la totalidad de autorizaciones concedidas en los cuatro departamentos norteños de la provincia. La decisión fue celebrada por habitantes originarios y criollos.
“Se ha demostrado claramente que se otorgaron autorizaciones para la tala y desmonte tomando en consideración el impacto ambiental de cada una de ellas, pero no se ha efectuado ningún estudio relativo al efecto acumulativo de todas las autorizaciones”, sostuvo la Corte al fundamentar su decisión de ordenar el estudio del efecto acumulativo de los desmontes.
Aunque difirió para otro momento el tratamiento de su competencia para decidir la cuestión de fondo, la Corte aclaró que su participación en este caso no implica una intromisión del Poder Judicial en otros poderes del Estado, “cuando lo único que ha hecho, como custodio de las garantías constitucionales, es tender a tutelar derechos de la índole de los invocados, o suplir omisiones en la medida en que dichos derechos puedan estar lesionados”.
Fuente: Nuevo Diario de Salta - 27-03-09
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