LA RIOJA - LEY Nº 8137 - 09/03/2007
Artículo 1°) Prohíbese en todo el territorio de la Provincia de La Rioja la explotación minera a cielo abierto con técnicas correspondientes al proceso de lixiviación con cianuro, mercurio y/o cualquier otra sustancia contaminante.
Artículo 2°) Comuníquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
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